🇨🇱 Cile
Ley 9 unità
AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LAGO RANCO PARA CONTRATAR EMPRESTITO QUE SEÑALA
Ley 17.819cl-law-1972-11-17-1781917 nov 1972
- Articolo 1 °
- Articolo 2 °- Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito o bancarias para otorgar el o los préstamos autorizados por la presente ley
- Articolo 3 °- El producto de los empréstitos que se contraten en uso de las autorizaciones que concede la presente ley, deberá ser invertido en las siguientes obras:
- Articolo 4
- Articolo 5 °- La Municipalidad de Lago Ranco servirá los empréstitos que se autoricen contratar, con cargo al uno por mil del impuesto territorial que destina a este objeto el decreto de Hacienda 2
- Articolo 6
- Articolo 7
- Articolo 8 °
- Articolo 9