Articolo 1
Artículo 1°- Aplícase a los actuales asignatarios de viviendas del Grupo Habitacional Hermanos Carrera, ubicado en Santiago, entre las calles Bascuñán, San Dionisio, San Alfonso y Concha Castillo y construido por el Servicio de Seguro Social, ex Seguro Obligatorio, lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 14 transitorio del DFL. N° 2, de 1959, inciso agregado por el artículo 26 de la ley N° 15.228, de 14 de Agosto de 1963.
Articolo 2
Artículo 2°- Condónanse las deudas de pavimentación de las Poblaciones "La Granja" y "O'Higgins", de Rancagua, que afecten a propietarios jubilados o montepiadas de la Empresa Minera "El Teniente", ex Braden Copper Co.
Articolo 3Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 1° de la ley N° 17
Artículo 3°- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 1° de la ley N° 17.297: 1) Agrégase en el inciso primero, a continuación de la expresión "del año 1960", lo siguiente: "los que hayan estado en trámite entre los años 1957 y 1962", y 2) Agrégase el siguiente inciso final: "Además, aquéllos préstamos para el sector rural destinados a viviendas de empleados y obreros cuyo monto inicial no ascienda a más de diez mil escudos y haya servido para construir dos o más viviendas"."