🇨🇱 Cile
Ley 2 unità
OTORGA BENEFICIOS A PENSIONADOS Y MONTEPIADAS DE CAPRECA
Ley 17.937cl-law-1973-06-05-179375 giu 1973
- Articolo 1 °- Condónase el préstamo de auxilio de E° 500, especialmente concedido por la Caja de Previsión de los Carabineros de Chile durante el año 1971 a sus pensionados que gozan de pensiones mínimas
- Articolo 2 °- La Caja de Previsión de los Carabineros de Chile concurrirá a los gastos de funerales de sus montepiadas en iguales términos a los establecidos en caso de fallecimiento del jubilado