Ley 21.820

AUTORIZA ERIGIR UN MONUMENTO EN MEMORIA DEL EX PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, SEÑOR SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE

Articolo 1

Articolo 2El monumento se erigirá en la ciudad de Santiago, y su lugar de emplazamiento será la Plaza de la Ciudadanía

Articolo 3Las obras se financiarán mediante erogaciones populares obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados

Articolo 4Créase una comisión especial ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley

Articolo 5La comisión tendrá las siguientes funciones:

Articolo 6

Citenza

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