Articolo
Modifícanse las siguientes glosas del Presupuesto vigente de la Subsecretaría de Comercio, sin alterar las cantidades consultadas para cada una de ellas, en la forma que se indica a continuación: a) Personal a contrata. Reemplázase la frase: "Para contratar personal auxiliar en conformidad al art. 4.o D. F. L. 1,315 de Relaciones etc." por la siguiente: "Para contratar personal auxiliar, de acuerdo con la distribución que se haga por decreto del Ministerio de Relaciones Exteriores y Comercio". b) Gratificaciones y premios. Modifícase la frase: "Asignación a los Inspectores de control contratados,: etc.," por la siguiente: "Asignación a los Inspectores de Control y personal auxiliar de las Inspecciones cuando efectúen trabajos extraordinarios". e) Viáticos. Reemplázase la frase: "Para los Agentes Comerciales e Inspectores de Control", por la siguiente: "Para Viáticos del personal de la Subsecretaría de Comercio". l) Conservación y reparaciones Reemplázase la frase: "Para conservar y reparar los muebles de las oficinas de las Inspecciones de Control" por la siguiente: "Para conservar y reparar los muebles de la Subsecretaría de Comercio y los locales de las Inspecciones de Control". w) Adquisiciones. Reemplázase la frase: "Para la adquisición de muebles y equipos para las oficinas de las Inspecciones de Control", por la siguiente: "Para la adquisición de muebles y equipos para las oficinas de la Subsecretaría de Comercio e Inspecciones de Control". Este decreto comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.