Sobre las obligaciones de los Alcaldes, en la instalación de las mesas receptoras de sufragios.

Articolo 3o El presente decreto con fuerza de ley comenzará a regir desde el día de su publicación en el Diario Oficial

In vigore · versione del 30 mag 1931

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Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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