Articolo 1o- Suprímese los dos cargos de Visitadores Zonales, de 7
Artículo 1.o- Suprímese los dos cargos de Visitadores Zonales, de 7.a Categoría, de la Tesorería General de la República, y en su reemplazo, créase uno de Inspector Visitador, con la misma 7.a Categoría.
Articolo 2o- Traspásase ochenta plazas de Oficiales Auxiliares, grado 18
Artículo 2.o- Traspásase ochenta plazas de Oficiales Auxiliares, grado 18.o, de la Tesorería General de la República, que figuran en el ítem 06-06-04-a a la planta del mismo Servicio como Ayudantes de grado 17.o.
Articolo 3o- La Contraloría General de la República procederá a efectuar los pertinentes traspasos en la Ley de Presupuestos vigente y cargar el mayor gasto a Economías de la ley 11,151
Artículo 3.o- La Contraloría General de la República procederá a efectuar los pertinentes traspasos en la Ley de Presupuestos vigente y cargar el mayor gasto a Economías de la ley 11,151.