TRASLADA CARGOS Y HORAS DE CLASES A LA SUPERINTENDENCIA DE EDUCACION PUBLICA, Y ESTABLECE DEPENDENCIA DE LA ESCUELA VOCACIONAL SUPERIOR ARTISTICA DE SANTIAGO, CON EL NOMBRE DE ESCUELA EXPERIMENTAL DE EDUCACION ARTISTICA
Articolo 2
In vigore · versione del 5 ago 1953
Artículo 2.o Los cargos y horas de clases consignados en el artículo anterior, constituyen la "Escuela Vocacional Superior de Educación Artística", que pasará a depender de la Superintendencia de Educación Pública, y se denominará Escuela Experimental de Educación Artística.