FIJA LAS ESCALAS DE CATEGORIAS, GRADOS Y SUELDOS DEL PERSONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD
Articolo 7o El personal en actual servicio que fuere encasillado en alguno de los cargos de las escalas a que se refiere el artículo 2
In vigore · versione del 1 feb 1960
Artículo 7.o El personal en actual servicio que fuere encasillado en alguno de los cargos de las escalas a que se refiere el artículo 2.0 y que estuviere gozando de una renta superior a la asignada en él, percibirá la diferencia por planilla suplementaria.