🇨🇱 Cile
DFL 11 unità
FIJA LA PLANTA DE LA DIRECCION DE BIBLIOTECAS, ARCHIVOS Y MUSEOS
DFL 272cl-legislative-decree-1960-04-06-2726 apr 1960
- Articolo 1 o Declárase en reorganización la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, en los términos del artículo 202 de la ley N
- Articolo 2 o Fíjanse las siguientes Plantas de funcionarios de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos y remuneraciones anuales correspondientes
- Articolo 3 o Decláranse Técnicos los cargos de profesor encargado de la enseñanza Primaria y Normal y profesor Bibliotecario, señalados en la Planta Directiva, Profesional y Técnica, fijada en el artículo 2
- Articolo 4
- Articolo 5 o El Presidente de la República podrá efectuar el encasillamiento, sin sujeción a las reglas generales sobre provisión de cargos
- Articolo 6 o Los funcionarios en actual servicio, que fueren encasillados en algunos de los cargos, a que se refiere el artículo 2
- Articolo 7 o Los cargos establecidos en las Plantas a que se refiere el artículo 2
- Articolo 8 o Derógase el decreto ley N
- Articolo 9 o Los Ministerios y todas las oficinas o reparticiones públicas entregarán a la Biblioteca Nacional para su Sección Canje Internacional, cien ejemplares de todas las publicaciones que hagan
- Articolo 10 o Al Director de Bibliotecas, Archivos y Museos corresponderá correlacionar las funciones del Consejo de Monumentos Nacionales con el Ministerio de Educación Pública
- Articolo 11 o El presente decreto con fuerza de ley entrará en vigencia en la fecha de su publicación en el "Diario Oficial"