CREA EL SERVICIO NACIONAL DEL EMPLEO EN REEMPLAZO DEL DEPARTAMENTO DEL EMPLEO Y DE LA MANO DE OBRA DE LA DIRECCION DEL TRABAJO; ESTABLECE SU ORGANIZACION, CARACTERISTICAS Y ATRIBUCIONES Y FIJA LAS PLANTAS DE SU PERSONAL
Articolo 8El Consejo sesionará con la mayoría de sus miembros en ejercicio y sus acuerdos, salvo en los casos que señala el Reglamento, se adoptarán por mayoría absoluta de los asistentes
In vigore · versione del 2 ott 1967
Artículo 8°- El Consejo sesionará con la mayoría de sus miembros en ejercicio y sus acuerdos, salvo en los casos que señala el Reglamento, se adoptarán por mayoría absoluta de los asistentes.