ESTABLECE NORMAS PARA LA APLICACION DEL IMPUESTO QUE INDICA
Articolo 4Las ventas u otras convenciones que sirvan para transferir el dominio de automóviles u otros vehículos motorizados usados permanecerán afectas al impuesto establecido en el artículo 1° de la ley N° 12
In vigore · versione del 13 giu 1968
Artículo 4°- Las ventas u otras convenciones que sirvan para transferir el dominio de automóviles u otros vehículos motorizados usados permanecerán afectas al impuesto establecido en el artículo 1° de la ley N° 12.120.