🇨🇱 Cile
DFL 9 unità
FIJA NUEVA ESCALA DE SUELDOS MENSUALES PARA EL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y CARABINEROS DE CHILE
DFL 1cl-legislative-decree-1970-01-07-17 gen 1970
- Articolo 1
- Articolo 2 El sistema de remuneraciones del personal comprendido en el presente D
- Articolo 3 El personal señalado en el Art
- Articolo 4 El personal a que se refieren los artículos 220, letra F acápite II, 222, letra D acápite II, y 225, letra D acápite II, del D
- Articolo 5 Al personal de las Fuerzas Armadas, Subsecretarías del Ministerio de Defensa Nacional y Carabineros de Chile, no les será aplicables el D
- Articolo 6 Las siguientes gratificaciones, asignaciones y bonificaciones del Personal de las Fuerzas Armadas, Subsecretarías del Ministerio de Defensa Nacional y Carabineros de Chile, no son imponibles:
- Articolo 7 Deróganse los incisos 3º y 4º del Art
- Articolo
- Articolo 2 La primera diferencia que por concepto de aumento de remuneraciones y pensiones de retiro y montepío, se origine por aplicación del presente D