🇨🇱 Cile
DFL 9 unità
REFUNDE IMPUESTOS QUE AFECTAN A LA SIDRA DE MANZANA Y DE OTRAS FRUTAS
DFL 16cl-legislative-decree-1972-11-07-167 nov 1972
- Articolo 1 La sidra de manzana y de otras frutas estará afecta a un impuesto único de producción que se calculará y pagará por el productor sobre el precio en que éste enajene esos productos
- Articolo 2 La sidra de manzana y de otras frutas importada estará afecta al mismo impuesto establecido en el artículo anterior
- Articolo 3
- Articolo 4
- Articolo 5
- Articolo 6 Las personas que deban pagar el impuesto único establecido en este decreto con fuerza de ley deberán recargar al comprador o adquirente una suma igual al monto del respectivo tributo
- Articolo 7 Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley número 17
- Articolo 8 Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley número 12
- Articolo 9 El presente decreto con fuerza de ley entrará a regir a la fecha de su publicación en el Diario Oficial