MODIFICA LA PLANTA DE SERVICIOS MENORES DEL SERVICIO DE TESORERIAS DE LA REPUBLICA, A CONTAR DE LA FECHA QUE SEÑALA
Articolo segundoLos aumentos de grado o categorías que experimente el personal de Tesorerías, por la aplicación del presente decreto con fuerza de ley no se considerarán ascensos para los efectos de los artículos N
In vigore · versione del 31 gen 1973
Artículo segundo.- Los aumentos de grado o categorías que experimente el personal de Tesorerías, por la aplicación del presente decreto con fuerza de ley no se considerarán ascensos para los efectos de los artículos N.os 59º y 60º del DFL. Nº 338, de 1960.