FIJA NUEVAS PLANTAS Y REMUNERACIONES PARA EL PERSONAL DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES COLECTIVOS DEL ESTADO

Articolo 9Autorízase al Director de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado para proveer las vacantes de todas las Plantas de la Empresa de acuerdo a las necesidades del servicio

In vigore · versione del 11 ago 1973

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