FIJA TEXTO REFUNDIDO SISTEMATIZADO Y COORDINADO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES RELATIVAS A LA DIRECCION GENERAL DEL CREDITO PRENDARIO
ArticoloArtículo 27°
In vigore · versione del 19 ago 2022
Art. 19° DFL. Artículo 27°.- El contrato 33 de 1983. pignoraticio deberá extenderse en un documento suscrito por las partes, el cual quedará en poder de la Dirección. La Dirección emitirá, además, una póliza que acredite la celebración del contrato. Este documento será extendido al portador, sin perjuicio de los casos en que el reglamento determine que deba entenderse para ciertos efectos nominativo o endosable.