Cile
In vigore DFL 17 unità
FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY N° 9.618, QUE CREA LA EMPRESA NACIONAL DEL PETROLEO
DFL 1cl-legislative-decree-1987-04-24-17 ago 2017
- Articolo 1 El Estado tiene el dominio absoluto, Ley 18
- Articolo 2 Créase, con la denominación de Empresa
- Articolo 3 La dirección superior y administración
- Articolo 4 Para la elaboración y presentación de
- Articolo 5 Sólo podrán ser nombrados directores de
- Articolo 6 Sin perjuicio de lo dispuesto en el
- Articolo 7 Únicamente serán causales de cesación
- Articolo 8 El directorio deberá constituir un
- Articolo 9 Antes del 30 de marzo del año que
- Articolo 10 En la designación de las personas que
- Articolo 11 A la Empresa le serán aplicables las
- Articolo 12 Los ministerios de Energía y de
- Articolo 13 El directorio a que se refiere el
- Articolo 14 En todo lo que no se oponga a los
- Articolo 15 Los empleados y obreros de la Empresa
- Articolo 16 Se declaran de utilidad pública, para los
- Articolo 17 Lo dispuesto en el artículo precedente se