APRUEBA ESTATUTO ORGANICO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA METROPOLITANA
Articolo
In vigore · versione del 17 feb 2024
Artículo 8°: El quórum para sesionar será la mayoría de los consejeros en ejercicio. Los acuerdos se adoptarán con el voto de la mayoría de los consejeros asistentes. Sin perjuicio de lo anterior, se requerirá el voto afirmativo de la mayoría de los consejeros en ejercicio, para ejercer las atribuciones señaladas en las letras b), c), d), f), g), h) e i), del artículo 5° del presente Estatuto. Asimismo, se requerirá el voto afirmativo de, a lo menos, los dos tercios de los consejeros en ejercicio, para: 1.- Nombrar y remover al Contralor; 2.- Proponer al Presidente de la República la remoción del Rector; 3.- Proponer al Presidente de la República la reforma de este Estatuto.