CREA ESTABLECIMIENTO DE SALUD DE CARACTER EXPERIMENTAL QUE SEÑALA
Articolo 10El Establecimiento estará sujeto a una
In vigore · versione del 22 dic 2021
Artículo 10.- El Establecimiento estará sujeto a una evaluación anual efectuada por el Ministerio de Salud. Dicha evaluación deberá efectuarse conforme a criterios establecidos con la debida antelación y de común acuerdo entre el Ministerio de Salud y el Jefe Superior del Establecimiento. Estos criterios necesariamente deberán considerar la evaluación de la gestión por resultados de salud, objetivos y metas de producción de servicios y gestión sanitaria.