FIJA TEXTO REFUNDIDO, CONCORDADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY GENERAL DE COOPERATIVAS
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In vigore · versione del 1 apr 2027
Artículo 120: Será competente para conocer de los Ley 19.832 asuntos a que se refiere este Capítulo el juez de letras en ART. 1° lo civil del lugar en que tenga su domicilio la cooperativa. N° 142