FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
Articolo 23Cada marca sólo podrá solicitarse para Ley 19
In vigore · versione del 5 lug 2021
Artículo 23.- Cada marca sólo podrá solicitarse para Ley 19.996 productos o servicios específicos y determinados, con la Art. único Nº 29) indicación de la o las clases del Clasificador Internacional a que pertenecen. Podrá solicitarse marcas para distinguir frases de propaganda para aplicarse en publicidad de marcas ya inscritas. Cuando se hayan incluido enuna única solicitud productos y/o servicios que pertenezcan a varias clases de la Clasificación Internacional de Niza, dicha solicitud dará por resultado un registro único.