FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
Articolo 65El registro de un dibujo o diseño Ley 19
In vigore · versione del 5 lug 2021
Artículo 65.- El registro de un dibujo o diseño Ley 19.996 industrial se otorgará por un período no renovable de Art. único Nº 61) hasta quince años, contado desde la fecha de su solicitud.