FIJA PLANTA DE PERSONAL DE LA SUBSECRETARÍA DE PREVISIÓN SOCIAL
Articolo 4El personal a contrata que sea
In vigore · versione del 7 dic 2017
Artículo 4°.- El personal a contrata que sea traspasado a la Subsecretaría de Previsión Social mantendrá dicha calidad jurídica y el grado y planta de su asimilación y será individualizado mediante decreto expedido según el numeral 7, del artículo décimo sexto transitorio de la ley N°20.255.