DFL 17

FIJA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO DE SALUD LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS

Articolo 1

Articolo 2Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican a continuación:

Articolo 3Sin perjuicio de lo previsto en los artículos anteriores, la planta de cargos afectos a la Ley Nº 15

Articolo primero

Articolo segundo

Articolo tercero

Articolo cuartoPara efectos del encasillamiento del personal en la planta de profesionales, los funcionarios pertenecientes a ella se someterán a las siguientes normas especiales:

Articolo quinto

Articolo sextoLos cargos señalados en el artículo primero transitorio y el encasillamiento a que éste dé lugar, regirán a contar del día 2º de Julio de 2008

Articolo séptimo

Articolo octavo

Articolo noveno

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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