ESTABLECE ESTATUTOS DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA DE LA REGIÓN DEL MAULE
Articolo 28
In vigore · versione del 7 gen 2017
Artículo 28º.- La comunidad educativa estará constituida tanto por los estudiantes como por el personal académico y no académico de la institución quienes ejercen de manera regular los quehaceres que se desprenden de su misión y funciones, o colaboran en el funcionamiento del Centro de Formación Técnica. Un Reglamento dictado por el (la) Rector(a), previo acuerdo adoptado por la mayoría simple del Directorio, fijará los derechos y deberes de los (las) estudiantes como miembros de la comunidad educativa.