FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY N° 20.640, QUE ESTABLECE EL SISTEMA DE ELECCIONES PRIMARIAS PARA LA NOMINACIÓN DE CANDIDATOS A PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, PARLAMENTARIOS, GOBERNADORES REGIONALES Y ALCALDES
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In vigore · versione del 21 ott 2021
Ley N°20.640, art. Artículo 36.- El acuerdo del Tribunal Calificador de 34, D.O. 06.12.2012 Elecciones o del Tribunal Electoral Regional, según corresponda, por el que se proclame a cada candidato nominado, se comunicará por escrito al Servicio Electoral, al partido político que lo declaró como candidato, o a todos los partidos políticos integrantes del pacto electoral que lo declararon como candidato, si correspondiere, y al candidato nominado.