FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY N° 20.640, QUE ESTABLECE EL SISTEMA DE ELECCIONES PRIMARIAS PARA LA NOMINACIÓN DE CANDIDATOS A PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, PARLAMENTARIOS, GOBERNADORES REGIONALES Y ALCALDES
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In vigore · versione del 21 ott 2021
Ley N°20.640, art. Artículo 6.- Para las elecciones primarias reguladas 6, D.O. 06.12.2012 por esta ley, en todo lo que no sea contrario a ella y en lo que le sea aplicable, regirán las disposiciones de la ley N°18.700, orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios; de la ley N°18.556, orgánica constitucional de inscripciones electorales y Servicio Electoral; de la ley N° 19.175, orgánica constitucional de Gobierno y Administración Regional, de la ley N°18.695,orgánica constitucional de municipalidades y de la ley N°18.603, orgánica constitucional de partidos políticos.