FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY N°19.884, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL SOBRE TRANSPARENCIA, LÍMITE Y CONTROL DEL GASTO ELECTORAL
Articolo segundo
In vigore · versione del 5 feb 2026
Art. segundo. Artículo primero.- Sin perjuicio de lo dispuesto en Ley N°20.840, art. esta ley, y sólo para los efectos de las elecciones 2, N°2, D.O. parlamentarias de 2017, 2021, 2025 y 2029, en el caso de las 05.05.2015 mujeres candidatas a diputadas y a senadoras que hayan sido proclamadas electas por el Tribunal Calificador de Elecciones, los partidos políticos a los que pertenezcan tendrán derecho a un monto de quinientas unidades de fomento por cada una de ellas. Con cargo a dichos recursos, los partidos políticos podrán implementar programas y desarrollar actividades de fomento a la inclusión y participación de las mujeres en política.