FIJA LA FECHA DE ENTRADA EN FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO Y LA FECHA DE SUPRESIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS
Articolo 3El periodo de implementación a que se refiere el numeral 1 del artículo cuarto transitorio de la ley N° 21
In vigore · versione del 13 dic 2017
Artículo 3.- El periodo de implementación a que se refiere el numeral 1 del artículo cuarto transitorio de la ley N° 21.000 será el que medie entre el 14 de diciembre de 2017 y el 15 de enero de 2018.