Decreto 437/1969, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Estatuto del Ministerio Fiscal.
Articolo 62
In vigore · versione del 12 lug 1980
Art. 62.
Ningún funcionario fiscal en servicio activo podrá usar uniforme, traje oficial ni otras insignias que las correspondientes a su cargo dentro de la Carrera Fiscal ni usar condecoraciones que le den derecho a tratamiento superior al que le corresponda a su Jefe inmediato, cuando concurra con éste en actos oficiales.