Decreto 437/1969, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Estatuto del Ministerio Fiscal.
Articolo 82
In vigore · versione del 12 lug 1980
Art. 82.
Las licencias se concederán siempre por el Ministerio de Justicia. Las vacaciones y permisos, por la autoridad que en cada caso proceda.