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Ley 91 unità

Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Ley 6/1997es-law-1997-04-14-615 apr 1997

Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas

  1. Preambolo Preámbulo Modificato
  2. Articolo 1 Ámbito de aplicación Modificato
  3. Articolo 2 Personalidad jurídica y competencia Modificato
  4. Articolo 3 Principios de organización y funcionamiento Modificato
  5. Articolo 4 Principio de servicio a los ciudadanos Modificato
  6. Articolo 5 Órganos administrativos Modificato
  7. Articolo 6 Órganos superiores y órganos directivos Modificato
  8. Articolo 7 Elementos organizativos básicos Modificato
  9. Articolo 8 Los Ministerios Modificato
  10. Articolo 9 Organización interna de los Ministerios Modificato
  11. Articolo 10 Creación, modificación y supresión de órganos y unidades administrativas Modificato
  12. Articolo 11 Ordenación jerárquica de los órganos ministeriales Modificato
  13. Articolo 12 Los Ministros Modificato
  14. Articolo 13 Otras competencias de los Ministros Modificato
  15. Articolo 14 Los Secretarios de Estado Modificato
  16. Articolo 15 Los Subsecretarios Modificato
  17. Articolo 16 Los Secretarios generales Modificato
  18. Articolo 17 Los Secretarios generales técnicos Modificato
  19. Articolo 18 Los Directores generales Modificato
  20. Articolo 19 Los Subdirectores generales Modificato
  21. Articolo 20 Reglas generales sobre los servicios comunes Modificato
  22. Articolo 21 Organización básica de los servicios comunes ministeriales Modificato
  23. Articolo 22 Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas Modificato
  24. Articolo 23 Competencias de los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas Modificato
  25. Articolo 24 Competencias en materia de información a los ciudadanos Modificato
  26. Articolo 25 Competencias sobre simplificación de estructuras Modificato
  27. Articolo 26 Dirección de los servicios territoriales integrados Modificato
  28. Articolo 27 Relación con otras Administraciones territoriales Modificato
  29. Articolo 28 Comisión territorial de asistencia al Delegado del Gobierno Modificato
  30. Articolo 29 Los Subdelegados del Gobierno en las provincias Modificato
  31. Articolo 30 Los Directores Insulares de la Administración General del Estado Modificato
  32. Articolo 31 Simplificación de los servicios periféricos Modificato
  33. Articolo 32 Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno Modificato
  34. Articolo 33 Criterios sobre integración de servicios Modificato
  35. Articolo 34 Criterios sobre organización de servicios no integrados Modificato
  36. Articolo 35 Dependencia de los servicios no integrados Modificato
  37. Articolo 36 Organización de la Administración General del Estado en el exterior Modificato
  38. Articolo 37 Los Embajadores y representantes permanentes ante Organizaciones internacionales Modificato
  39. Articolo 38 Requisitos para constituir órganos colegiados Modificato
  40. Articolo 39 Clasificación y composición de los órganos colegiados Modificato
  41. Articolo 40 Creación, modificación y supresión de órganos colegiados Modificato
  42. Articolo 41 Actividades propias de los Organismos públicos Modificato
  43. Articolo 42 Personalidad jurídica y potestades Modificato
  44. Articolo 43 Clasificación y adscripción de los Organismos públicos Modificato
  45. Articolo 44 Aplicación de las disposiciones generales de esta Ley a los Organismos públicos Modificato
  46. Articolo 45 Funciones de los Organismos autónomos Modificato
  47. Articolo 46 Reglas para el nombramiento de los titulares de los órganos de los Organismos autónomos Modificato
  48. Articolo 47 Personal al servicio de los Organismos autónomos Modificato
  49. Articolo 48 Patrimonio de los Organismos autónomos Modificato
  50. Articolo 49 Régimen de contratación de los Organismos autónomos Modificato
  51. Articolo 50 Régimen presupuestario de los Organismos autónomos Modificato
  52. Articolo 51 Control de eficacia de los Organismos autónomos Modificato
  53. Articolo 52 Impugnación y reclamaciones contra los actos de los Organismos autónomos Modificato
  54. Articolo 53 Funciones y régimen general aplicable a las entidades públicas empresariales Modificato
  55. Articolo 54 Ejercicio de potestades administrativas Modificato
  56. Articolo 55 Personal al servicio de las entidades públicas empresariales Modificato
  57. Articolo 56 Patrimonio de las entidades públicas empresariales Modificato
  58. Articolo 57 Régimen de contratación de las entidades públicas empresariales Modificato
  59. Articolo 58 Régimen presupuestario de las entidades públicas empresariales Modificato
  60. Articolo 59 Control de eficacia de las entidades públicas empresariales Modificato
  61. Articolo 60 Impugnación y reclamación contra los actos de las entidades públicas empresariales Modificato
  62. Articolo 61 Creación de Organismos públicos Modificato
  63. Articolo 62 Estatutos y Plan de actuación Modificato
  64. Articolo 63 Modificación y refundición de Organismos públicos Modificato
  65. Articolo 64 Extinción y liquidación de Organismos públicos Modificato
  66. Articolo 65 Recursos económicos Modificato
  67. Articolo 66 Competencias generales sobre organización, función pública, procedimientos e inspección de servicios Modificato
  68. Articolo 67 Procedimientos de determinación de las estructuras de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos Modificato
  69. Disposizione adicional primera La organización militar y las Delegaciones de Defensa Modificato
  70. Disposizione adicional segunda Delegados del Gobierno en Ceuta y Melilla Modificato
  71. Disposizione adicional tercera Situaciones administrativas Modificato
  72. Disposizione adicional cuarta Asunción de competencias de Gobernadores Civiles Modificato
  73. Disposizione adicional quinta Competencias estatales en materia de seguridad pública en las Comunidades Autónomas con Cuerpos de Policía propios Modificato
  74. Disposizione adicional sexta Entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social Modificato
  75. Disposizione adicional séptima Régimen jurídico del Consejo de Estado Modificato
  76. Disposizione adicional octava Régimen jurídico del Banco de España y de los Fondos de Garantía de Depósitos en Entidades de Crédito Modificato
  77. Disposizione adicional novena Régimen jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, del Consejo Económico y Social y del Instituto Cervantes Modificato
  78. Disposizione adicional décima Régimen jurídico de determinados Organismos públicos Modificato
  79. Disposizione adicional undécima Régimen jurídico del Organismo autónomo Correos y Telégrafos Modificato
  80. Disposizione adicional duodécima Sociedades mercantiles estatales Modificato
  81. Disposizione adicional decimotercera Delegación y avocación de competencias y delegación de firma Modificato
  82. Disposizione adicional decimocuarta Conflictos de atribuciones intraministeriales Modificato
  83. Disposizione adicional decimoquinta Fin de la vía administrativa Modificato
  84. Disposizione adicional decimosexta Revisión de oficio Modificato
  85. Disposizione adicional decimoséptima Recurso extraordinario de revisión Modificato
  86. Disposizione transitoria primera Régimen transitorio de nombramientos de titulares de órganos directivos Modificato
  87. Disposizione transitoria segunda Adaptación de la organización territorial Modificato
  88. Disposizione transitoria tercera Adaptación de los Organismos autónomos y las demás entidades de Derecho público a las previsiones de esta Ley Modificato
  89. Disposizione derogatoria única Normas objeto de derogación y de reducción a rango reglamentario Modificato
  90. Disposizione final primera Facultades de desarrollo Modificato
  91. Disposizione final segunda Integración de servicios periféricos en las Delegaciones del Gobierno Modificato
Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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