Ley 3/2012

Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Finalidad

Articolo 2Modificación del texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre

Articolo 3Ámbito subjetivo de aplicación

Articolo 4Ámbito temporal

Articolo 5Acuerdos, pactos y convenios colectivos

Articolo 6Retribuciones de altos cargos

Articolo 7Retribuciones del personal funcionario, eventual, interino y laboral

Articolo 8Retribuciones del profesorado de la enseñanza pública no universitaria

Articolo 9Retribuciones del personal del Servicio Andaluz de Salud

Articolo 10Retribuciones del personal de los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia

Articolo 11Retribuciones del personal de las Universidades de titularidad pública competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Articolo 12

Articolo 13

Articolo 14Complemento por incapacidad temporal, embarazo, lactancia natural, maternidad, paternidad, adopción, acogimiento y violencia de género

Articolo 15Reducción de la jornada de trabajo con efectos en las retribuciones

Articolo 16Garantía de una retribución mínima

Articolo 17Retribuciones del personal que ejerce funciones de alta dirección y del resto del personal directivo en las entidades instrumentales y en los consorcios

Articolo 18Adecuación del régimen económico del personal que ejerce funciones de alta dirección y del resto del personal directivo de las entidades del sector público andaluz

Articolo 19Antigüedad del personal al servicio de las entidades instrumentales y de los consorcios

Articolo 20Productividad, complementos variables y conceptos asimilables del personal de las entidades instrumentales y de los consorcios

Articolo 21Gratificaciones y horas extraordinarias de las entidades instrumentales y de los consorcios

Articolo 22Indemnizaciones por razón del servicio del personal de las entidades instrumentales y de los consorcios

Articolo 23Reducción de la jornada de trabajo con efectos en las retribuciones

Articolo 24Retribuciones del personal de las entidades instrumentales y de los consorcios

Articolo 25Jornada laboral

Articolo 26Vacaciones y permisos

Articolo 27Jubilación anticipada

Articolo 28Acción social y otras prestaciones

Articolo 29Indemnizaciones por extinción de contrato

Articolo 30Sustituciones del profesorado

Articolo 31Oferta de empleo público

Articolo 32Crédito horario de los representantes sindicales

Articolo 33Ayudas a organizaciones sindicales

Articolo 34Medidas en el ámbito del control financiero

Disposizione adicional primeraRetribuciones y sustitución del profesorado de los centros docentes privados sostenidos con fondos públicos

Disposizione adicional segundaHorario en la Administración General de la Junta de Andalucía

Disposizione adicional terceraPersonal en formación del Servicio Andaluz de Salud

Disposizione adicional cuartaModificación y resolución de contratos del sector público

Disposizione adicional quintaPlazo para la efectiva reducción de la masa salarial en las entidades instrumentales y en los consorcios

Disposizione adicional sextaNuevos nombramientos o contratos temporales a jornada completa

Disposizione adicional séptimaInstituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía

Disposizione adicional octavaPlan de Cultura Emprendedora

Disposizione transitoria primeraAplicación en las retribuciones del año 2012

Disposizione transitoria segundaJubilación anticipada en el ejercicio 2012

Disposizione derogatoria únicaDerogación normativa

Disposizione final primeraModificación de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Disposizione final segundaAdjuntos del Defensor del Pueblo

Disposizione final terceraDesarrollo y ejecución

Disposizione final cuartaEntrada en vigor

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

citenza.io