Ley 21/2018, de 16 de octubre, de mancomunidades de la Comunitat Valenciana.
Disposizione adicional cuarta
In vigore · versione del 11 ago 2026
Disposición adicional cuarta.
El fondo de financiación de las entidades locales de la Comunitat Valenciana o los instrumentos de financiación incondicionada de las entidades locales que normativamente se habiliten, deberán incorporar entre sus beneficiarios a las mancomunidades de municipios.