🇪🇸 Spagna
Ley 43 unità
Ley 6/2020, de 1 de diciembre, de Artes Escénicas de Extremadura.
Ley 6/2020es-law-2020-12-01-61 dic 2020
- Preambolo Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Articolo 1 Objeto de la Ley
- Articolo 2 Ámbito de aplicación de la Ley
- Articolo 3 Definiciones
- Articolo 4 Fines básicos de la Ley
- Articolo 5 De los procesos del sistema escénico y de los agentes e instituciones que intervienen
- Articolo 6 Consejo Extremeño de las Artes Escénicas
- Articolo 7 De la actividad y la práctica escénica del sistema
- Articolo 8 Del patrimonio escénico
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Articolo 9 Competencias de la Junta de Extremadura
- Articolo 10 De la coordinación y colaboración de los órganos y entidades de la Junta de Extremadura con otras entidades públicas o privadas de las Artes Escénicas
- Articolo 11 De la gestión de espacios escénicos
- Articolo 12 Fines y usos de los espacios escénicos
- Articolo 13 De los teatros, salas, auditorios y otros espacios escénicos
- Articolo 14 Red de espacios escénicos públicos y privados
- Articolo 15 De las actividades de los teatros, salas, auditorios y espacios escénicos de titularidad pública y privada
- Articolo 16 Medidas de fomento
- Articolo 17 Medidas para la promoción de la igualdad
- Articolo 18 Medidas para la accesibilidad social de las Artes Escénicas
- Articolo 19 Medidas para el equilibrio territorial
- Articolo 20 Medidas de fomento y apoyo a la creación escénica
- Articolo 21 Criterios a tener en cuenta en las medidas de fomento a la creación escénica
- Articolo 22 Medidas de fomento y apoyo a la difusión y exhibición escénica
- Articolo 23 Criterios a tener en cuenta en las medidas de fomento a la exhibición y difusión escénica
- Articolo 24 Medidas de fomento para los espacios escénicos de difusión y exhibición escénica.
- Articolo 25 Medidas de fomento de la exhibición en itinerancia
- Articolo 26 Medidas de fomento de Redes y circuitos. Ferias, festivales, muestras u otros modelos de exhibición de Artes Escénicas
- Articolo 27 De la recepción de la propuesta escénica por parte del lugar de exhibición
- Articolo 28 Acceso a la actividad escénica por parte del público
- Articolo 29 Del público en la recepción escénica
- Articolo 30 De la información y la promoción de la recepción escénica
- Articolo 31 De la divulgación y conservación de los bienes escénicos
- Articolo 32 De la necesidad de la investigación escénica
- Articolo 33 De los centros o espacios de investigación escénica
- Articolo 34 De los incentivos a la investigación escénica
- CAPÍTULO V
- Articolo 35 Del fomento de la animación escénica
- Articolo 36 Del fomento de las Artes Escénicas no profesionales
- Articolo 37 Disposiciones comunes
- Articolo 38 Compañías residentes
- Articolo 39 Residencias artísticas
- Disposizione adicional unica
- Disposizione final primera Desarrollo reglamentario
- Disposizione final segunda Entrada en vigor