Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears.
Articolo 29Reconocimiento de las competencias profesionales
In vigore · versione del 14 giu 2026
Artículo 29. Reconocimiento de las competencias profesionales.
1. Corresponde al Instituto de Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears (IQPIB) regular el procedimiento para evaluar, reconocer y acreditar las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral u otras vías no formales e informales de formación.
2. Este procedimiento tendrá como referente la tipología de las ofertas y los grados de formación que establece la normativa básica y se desarrollará siguiendo criterios que garanticen la fiabilidad, la objetividad y el rigor técnico de la evaluación.