🇪🇸 Spagna
Ley 117 unità
Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024.
Ley 7/2023es-law-2023-12-27-718 mag 2024
- Preambolo Preámbulo
- Articolo 1 Ámbito de los presupuestos generales de la comunidad autónoma
- Articolo 2 De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes con presupuesto limitativo
- Articolo 3 De la cuenta de operaciones comerciales del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia
- Articolo 4 De los presupuestos de los entes con presupuesto estimativo
- Articolo 5 Ámbito de aplicación
- Articolo 6 Temporalidad de los créditos
- Articolo 7 Vinculación de los créditos
- Articolo 8 Vinculación específica de los créditos ampliables
- Articolo 9 Otras vinculaciones específicas
- Articolo 10 Régimen general
- Articolo 11 Generaciones de crédito
- Articolo 12 Incorporaciones de crédito
- Articolo 13 Créditos ampliables
- Articolo 14 Tramitación de ampliaciones de crédito de otros entes públicos
- Articolo 15 Crédito ampliable del Instituto Canario de la Vivienda
- Articolo 16 Régimen de las transferencias de crédito
- Articolo 17 Excepciones
- Articolo 18 Créditos extraordinarios y suplementos de crédito para la financiación de obligaciones pendientes de imputar al presupuesto y garantizar el cumplimiento del plazo legal de pago a proveedores
- Articolo 19 Créditos extraordinarios y suplementos de crédito para el destino del superávit
- Articolo 20 Anticipos de tesorería
- Articolo 21 Gastos plurianuales
- Articolo 22 Competencias del Gobierno
- Articolo 23 Competencias de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea
- Articolo 24 Competencias de las personas titulares de los departamentos
- Articolo 25 Competencia para las modificaciones de créditos de entes con presupuesto limitativo
- Articolo 26 Gestión de determinados gastos
- Articolo 27 Asignación de la gestión de determinados créditos
- Articolo 28 Créditos cofinanciados con fondos europeos estructurales
- Articolo 29 Autorización de determinadas transferencias, préstamos y convenios
- Articolo 30 Créditos para la financiación de las universidades canarias y autorización de costes de personal
- Articolo 31 Otras medidas de gestión universitaria
- Articolo 32 Del presupuesto del Parlamento y órganos de relevancia estatutaria
- Articolo 33 Modificaciones presupuestarias
- Articolo 34 Determinación de las retribuciones del personal al servicio del sector público de la comunidad autónoma
- Articolo 35 Retribuciones de los miembros del Gobierno y del Consejo Consultivo, de los altos cargos y del personal directivo de los entes del sector público con presupuesto limitativo
- Articolo 36 Retribuciones de los funcionarios de la comunidad autónoma
- Articolo 37 Retribuciones del personal laboral del sector público de la comunidad autónoma con presupuesto limitativo
- Articolo 38 Retribuciones del personal funcionario del Cuerpo General de la Policía Canaria
- Articolo 39 Retribuciones de los funcionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia
- Articolo 40 Retribuciones del personal funcionario, estatutario y laboral adscrito a las instituciones sanitarias del Servicio Canario de la Salud
- Articolo 41 Complemento por formación permanente, complemento de especial responsabilidad y gratificaciones del personal docente no universitario
- Articolo 42 Retribución de las horas lectivas complementarias del personal docente no universitario
- Articolo 43 Política retributiva y de gastos de personal de los entes del sector público con presupuesto estimativo
- Articolo 44 Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal de los entes con presupuesto estimativo
- Articolo 45 Prohibición de ingresos atípicos
- Articolo 46 Acción social y premios de jubilación y permanencia
- Articolo 47 Autorización de acuerdos y convenios en materia de personal y limitación del gasto del personal
- Articolo 48 Planificación de recursos humanos
- Articolo 49 Relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales, fiscales, institutos de medicina legal y unidades administrativas de la organización de la Administración de Justicia en Canarias
- Articolo 50 Plantilla presupuestaria
- Articolo 51 Gestión de gastos de personal y ejecución de créditos presupuestarios
- Articolo 52 Cobertura presupuestaria
- Articolo 53 Oferta de empleo público
- Articolo 54 Ofertas de empleo público para el acceso a la condición de personal estatutario en los centros dependientes del Servicio Canario de la Salud
- Articolo 55 Contratación de personal laboral temporal
- Articolo 56 Contratación de personal laboral con cargo a créditos de inversiones
- Articolo 57 Nombramiento de personal interino y sustituto
- Articolo 58 Compensación de horas o servicios extraordinarios
- Articolo 59 Gestión y contratación de personal en los entes con presupuesto estimativo
- Articolo 60 Operaciones de endeudamiento
- Articolo 61 Operaciones de endeudamiento de otros entes con presupuesto limitativo
- Articolo 62 Operaciones de endeudamiento de los entes con presupuesto estimativo
- Articolo 63 Operaciones de endeudamiento de los restantes entes
- Articolo 64 Remisión de información a la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea
- Articolo 65 Préstamos y anticipos financiados con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Articolo 66 Avales de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Articolo 67 Avales de los demás entes del sector público autonómico
- Articolo 68 Actualización de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Articolo 69 Suministro de información
- Articolo 70 Corrección de situaciones de desequilibrio presupuestario
- Articolo 71 Planes de viabilidad y saneamiento de los entes con presupuesto estimativo y entes carentes de personalidad jurídica
- Articolo 72 Planes de ajuste de las universidades públicas canarias
- Articolo 73 Obligaciones relacionadas con contratos administrativos, derivadas de los criterios exigidos en contabilidad nacional
- Articolo 74 Operaciones de activo y pasivo distintas de la deuda pública
- Articolo 75 Retención de créditos financiados con remanente de tesorería afectado
- Articolo 76 Retención de créditos para garantizar la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera
- Articolo 77 Retenciones en el sistema de financiación
- Articolo 78 De los créditos por transferencias y delegaciones de competencias a los cabildos insulares
- Articolo 79 Financiación específica
- Articolo 80 Medidas relativas a créditos destinados a financiación específica a las corporaciones locales canarias
- Articolo 81 Fondo Canario de Financiación Municipal
- Articolo 82 Dotación del Fondo Canario de Financiación Municipal
- Articolo 83 Exoneración de garantías en abonos anticipados
- Disposizione adicional primera Dación de cuentas
- Disposizione adicional segunda Ingresos del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia
- Disposizione adicional tercera Gestión económica de determinados centros
- Disposizione adicional cuarta Aportaciones dinerarias de la comunidad autónoma
- Disposizione adicional quinta Suspensión de pactos y acuerdos sindicales y de artículos de convenios colectivos
- Disposizione adicional sexta Límite máximo de las cuantías de las retribuciones anuales de los trabajadores que prestan servicios en las entidades del sector público con presupuesto estimativo
- Disposizione adicional séptima Ropa de trabajo
- Disposizione adicional octava Anticipos reintegrables al personal
- Disposizione adicional novena Derechos de los empleados públicos que desempeñen un puesto de alto cargo en la Administración o en otras instituciones de la comunidad autónoma, o un puesto de alta dirección en una entidad del sector público con presupuesto estimativo
- Disposizione adicional décima Personal laboral de otras administraciones públicas que desempeñe puesto de personal eventual en la Administración de la comunidad autónoma
- Disposizione transitoria primera Indemnización por residencia
- Disposizione transitoria segunda Régimen aplicable en los supuestos de inexistencia o agotamiento de listas de empleo para la selección temporal de personal estatutario
- Disposizione transitoria tercera Listas de empleo de interinidades y sustituciones del personal docente no universitario
- Disposizione transitoria cuarta Régimen transitorio de retribuciones de la nueva modalidad de contratación de Personal Docente e Investigador, Profesoras y Profesores Permanentes Laborales, introducida por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU)
- Disposizione final primera Modificación de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria
- Disposizione final segunda Modificación de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Disposizione final tercera Modificación de la Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria
- Disposizione final cuarta Modificación de la Ley 5/2010, de 21 de junio, Canaria de Fomento a la Participación Ciudadana
- Disposizione final quinta Modificación de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Fomento y Consolidación del Emprendimiento, el Trabajo Autónomo y las Pymes en la Comunidad Autónoma de Canarias
- Disposizione final sexta Modificación de la Ley 1/1992, de 27 de abril, del Consejo Económico y Social
- Disposizione final séptima Modificación de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales
- Disposizione final octava Modificación de la Ley 5/1986, de 28 de julio, del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo
- Epigrafe 1.2 Epígrafe 1.2. Restantes gasolinas clasificadas en el código NC 2710: 288 euros por 1.000 litros
- Epigrafe 2.2 Epígrafe 2.2. Gasóleos para su utilización en los usos previstos en el apartado 3 de este artículo, clasificados en los códigos NC 2710.19.31 a 2710.19.48 y 2710.20.11 a 2710.20.19: 90 euros por 1.000 litros
- Disposizione final novena Modificación de la Ley 1/2011, de 21 de enero, del Impuesto sobre las Labores del Tabaco y otras Medidas Tributarias
- Epigrafe 2. Epígrafe 2.. Cigarrillos: excepto en los casos en que resulte aplicable el párrafo siguiente, los cigarrillos estarán gravados al tipo de 37 euros por cada 1.000 cigarrillos
- Epigrafe 3. Epígrafe 3.. Picadura para liar rubia: excepto en los casos en que resulte aplicable el párrafo siguiente, la picadura para liar rubia estará gravada al tipo de 44 euros por kilogramo
- Epigrafe 4. Epígrafe 4.. Picadura para liar negra: excepto en los casos en que resulte aplicable el párrafo siguiente, la picadura para liar negra estará gravada al tipo de 21 euros por kilogramo
- Epigrafe 9. Epígrafe 9.. Las bolsas de nicotina de uso oral: Las bolsas de nicotina de uso oral estarán gravadas al tipo del 10 por ciento
- Epigrafe 4. Epígrafe 4.. Picadura de liar negra: el precio de referencia es de 60 euros por kilogramo.»
- Disposizione final décima Modificación del Texto Refundido de las disposiciones legales dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril
- Allegato 1
- Allegato 2