Real Decreto Legislativo 670/1987

Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado.

Preambolo Preámbulo

Articolo único

TÍTULO PRELIMINAR

Articolo 1Régimen de Clases Pasivas del Estado

Articolo 2Ámbito personal de cobertura

Articolo 3Legislación reguladora

Articolo 4Gestión unitaria del Régimen de Clases Pasivas del Estado

TÍTULO I

CAPÍTULO I

Articolo 5Legalidad en la materia

Articolo 6Naturaleza

Articolo 7Ejercicio

Articolo 8Sucesión en el ejercicio

Articolo 9Derecho de opción por razón de incompatibilidad

Articolo 10Derechos pasivos del personal separado del servicio o sancionado con pérdida de empleo

CAPÍTULO II

Articolo 11Competencia para el reconocimiento de derechos pasivos y la concesión de las prestaciones de Clases Pasivas del Estado

Articolo 12Competencia para el pago de las prestaciones de Clases Pasivas del Estado

Articolo 13Competencia para el reconocimiento de servicios

Articolo 14Revisión de actos administrativos por vía de recurso

Articolo 15Revisión de oficio de actos administrativos en materia de Clases Pasivas

Articolo 16Reintegro al Tesoro Público de las cantidades indebidamente percibidas

Articolo 17Interdicción de declaraciones preventivas

Articolo 18Prestaciones de Clases Pasivas

Articolo 19Clases de pensiones

Articolo 20Devengo de las pensiones

Articolo 21Embargo de las pensiones y suspensión de su pago

Articolo 22Percepciones anejas a las pensiones de Clases Pasivas

Articolo 23Cuota de derechos pasivos

Articolo 24Reglas sobre nacionalidad

Articolo 25Incompatibilidad interna de pensiones

Articolo 26Principio de no duplicidad de cobertura

Articolo 27Revalorización de pensiones, complementos económicos y limitaciones en el crecimiento de las mismas

Articolo 28Hecho causante de las pensiones

Articolo 29Período de carencia

Articolo 30Haberes reguladores

Articolo 31Cálculo de pensiones

Articolo 32Servicios efectivos al Estado

Articolo 33Incompatibilidades

CAPÍTULO III

Articolo 34Hecho causante de las pensiones

Articolo 35No exigencia de período de carencia

Articolo 36Igualdad jurídica

Articolo 37Concurrencia con derechohabientes desconocidos o sobrevenidos

Articolo 37 bisImpedimento para ser beneficiario de las prestaciones en favor de los familiares

Articolo 37 terSuspensión cautelar del abono de las prestaciones en favor de los familiares, en determinados supuestos

Articolo 37 quáterAbono de las pensiones en favor de familiares en determinados supuestos

Sección 2

Articolo 38Condiciones del derecho a la pensión

Articolo 39Cálculo de la misma

Articolo 40Incompatibilidades

Sección 3

Articolo 41Condiciones del derecho a la pensión

Articolo 42Cálculo de la misma

Articolo 43Incompatibilidades

Sección 4

Articolo 44Condiciones del derecho a la pensión

Articolo 45Cálculo de la misma

Articolo 46Incompatibilidades

CAPÍTULO IV

Articolo 47Pensiones extraordinarias y hecho causante de las mismas

Articolo 48Condiciones para el disfrute de las pensiones extraordinarias

Articolo 49Cuantía de las pensiones y cálculo de las mismas

Articolo 50Régimen de las pensiones extraordinarias

CAPÍTULO V

Articolo 51Régimen jurídico

CAPÍTULO VI

Articolo 52Régimen jurídico

Articolo 52 bisRégimen jurídico

CAPÍTULO VII

Articolo 53Régimen jurídico

TÍTULO II

Articolo 54Modificaciones en la legislación aplicable al personal comprendido en el número 2 del artículo 3.° de este texto

Articolo 55Revalorización, complementos y imitación del crecimiento de pensiones

Articolo 56Nacionalidad

Articolo 57Incompatibilidades

Articolo 58Incompatibilidad con ingresos

Articolo 59Extinción de pensiones

Articolo 60No duplicidad de cobertura

Articolo 61Igualdad jurídica

Articolo 62Pagas extraordinarias

Articolo 63Suspensión de las prestaciones

Articolo 64Competencias

Disposizione adicional primera

Disposizione adicional segunda

Disposizione adicional tercera

Disposizione adicional cuarta

Disposizione adicional quinta

Disposizione adicional sexta

Disposizione adicional séptima

Disposizione adicional octava

Disposizione adicional novena

Disposizione adicional décimaReconocimiento de derechos pasivos causados por quienes han perdido la condición de funcionario

Disposizione adicional undécimaPrestaciones en favor de los familiares

Disposizione adicional duodécimaSuministro de información

Disposizione adicional decimotercera

Disposizione adicional decimocuartaDependencia económica en las pensiones en favor de padres

Disposizione adicional decimoquintaPlazos

Disposizione adicional decimosextaJubilación voluntaria

Disposizione adicional decimoséptimaExtensión al Régimen de Clases Pasivas del Estado de la regulación establecida en el apartado 2 del artículo 210 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social

Disposizione adicional decimoctavaComplemento para la reducción de la brecha de género

Disposizione adicional decimonovenaIncremento del porcentaje de determinadas pensiones de viudedad

Disposizione adicional vigésimaPensión de viudedad de parejas de hecho en supuestos excepcionales

Disposizione adicional vigésima primera

Disposizione transitoria primera

Disposizione transitoria segunda

Disposizione transitoria tercera

Disposizione transitoria cuarta

Disposizione transitoria quinta

Disposizione transitoria sexta

Disposizione transitoria séptima

Disposizione transitoria octava

Disposizione transitoria novena

Disposizione transitoria décima

Disposizione transitoria undécima

Disposizione transitoria duodécimaNorma transitoria sobre pensión de viudedad en supuestos de separación judicial o divorcio anteriores al 1 de enero de 2008

Disposizione transitoria décima tercera

Disposizione transitoria décima cuarta

Disposizione transitoria décima quinta

Disposizione derogatoria primera

Disposizione derogatoria segunda

Disposizione final primera

Disposizione final segunda

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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