Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Articolo 145Ámbito subjetivo
In vigore · versione del 8 ott 2026
Artículo 145. Ámbito subjetivo.
Participarán en tributos del Estado con arreglo al modelo descrito en esta sección las entidades no incluidas en el artículo 135 de esta ley.