Ley de Sociedades de Capital
Articolo 507
In vigore · versione del 3 apr 2025
Artículo 507. Suscripción incompleta.
Salvo que el acuerdo prevea lo contrario, el aumento de capital será eficaz aunque la suscripción no haya sido completa.
Se modifica por el art. 3.11 de la Ley 5/2021, de 12 de abril. Ref. BOE-A-2021-5773#at