Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Articolo 196Devengo de la tasa
In vigore · versione del 22 ago 2024
Artículo 196. Devengo de la tasa.
Esta tasa se devengará cuando el buque entre en las aguas de la zona de servicio del puerto.