Decreto Legislativo 1/2016, de 6 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 9/1991, de 27 de noviembre, reguladora del canon de saneamiento de aguas.
Articolo 4Devengo
In vigore · versione del 14 giu 2026
Artículo 4. Devengo.
Con carácter general, el devengo se produce en el momento en el que el tributo resulte exigible de acuerdo con el artículo 6 de este texto refundido.
No obstante, para el supuesto de captación directa para consumo propio, el devengo se produce el 31 de diciembre o en la fecha de cese de la captación cuando esta fuera anterior.
Se modifica por la disposición final 3.1 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-850