Orden APA/417/2024, de 26 de abril, por la que se definen las explotaciones y animales asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, el período de garantía, período de suscripción y el valor unitario de los animales, en relación con el seguro de explotación de ganado vacuno de cebo, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
Articolo 6Ámbito de aplicación
1. El ámbito de aplicación del seguro regulado en esta orden lo constituyen las explotaciones de ganado vacuno de cebo situadas en el territorio nacional.
2. Los animales asegurados se encuentran amparados en todo el ámbito de aplicación del seguro, tanto en el domicilio de la explotación como fuera del mismo, extremo del que podrá solicitarse acreditación mediante los documentos oficiales pertinentes.