Orden DEF/424/2024, de 26 de abril, por la que se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración en el Cuerpo General de la Armada y en el Cuerpo de Infantería de Marina, por promoción interna, de personal de la escala de suboficiales, sin exigencia de titulación universitaria previa, con créditos adquiridos.
Articolo 1Perfiles profesionales a alcanzar en el primer empleo
Los perfiles a alcanzar, entendidos como un conjunto de competencias relacionadas, es decir, conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores, se clasifican principalmente en dos:
a) Perfil de oficial de las Fuerzas Armadas, particularizado para la Armada y común, por tanto, para los oficiales del cuerpo general y de infantería de Marina. Este perfil aglutina las competencias denominadas genéricas, cuya orientación es garantizar que el futuro oficial es un militar adaptado al medio naval con una adecuada capacidad de liderazgo, mando, disciplina, decisión, trabajo en equipo y compromiso ético para el ejercicio de la profesión militar a bordo de buques de guerra y de unidades de infantería de Marina.
b) Perfiles específicos para cada cuerpo. Estos perfiles son la suma de las competencias específicas que habilitan al futuro oficial para desempeñar los cometidos asociados a su primer empleo operativo en las unidades de la Armada, siendo estos perfiles los siguientes:
1.º Perfil de oficial del Cuerpo General. Las competencias específicas deben capacitarle para ejercer como oficial de destino, oficial de guardia en puente, oficial de guardia en puerto y jefe del trozo de seguridad interior en los diferentes tipos de buques de la flota, así como realizar funciones para contribuir y participar en el control de operaciones, siendo responsable, entre otros cometidos, del mantenimiento de la situación táctica, empleo de los sistemas de combate, armas e información y comunicaciones. 2.º Perfil de oficial del Cuerpo de Infantería de Marina. Las competencias específicas deben capacitarle para ejercer el mando de una unidad tipo sección en los batallones de fusiles del Tercio de Armada y ejercer como oficial de la guardia militar en bases/instalaciones y jefe de dispositivos de seguridad en el ámbito de la Fuerza de Protección, así como realizar funciones para contribuir a los cometidos operativos propios de una unidad tipo compañía o batallón de fusiles del Tercio de Armada.
c) Asimismo, se han contemplado también las competencias específicas necesarias para dirigir un destino en una unidad de la Armada, como son las relativas a la gestión de los mantenimientos, la instrucción y adiestramiento, y el liderazgo.
d) Finalmente, se han incluidos los conocimientos y habilidades para potenciar la capacitación digital en el desempeño de sus competencias genéricas y específicas en el marco de la transformación digital del Ministerio de Defensa y de la Armada.