Orden JUI/506/2024, de 20 de mayo, sobre fijación de límites para la administración de créditos para gastos y de delegación de competencias.
Articolo 9Delegación de competencias en la persona titular de la Subsecretaría de Juventud e Infancia
1. Se delega por la persona titular de la Secretaría de Estado de Juventud e Infancia en la persona titular de la Subsecretaría el ejercicio de la competencia relativa a la autorización previa a los organismos públicos dependientes del Ministerio, a que se refiere el artículo 324.5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
2. Se delega por la persona titular de la Secretaría de Estado de Juventud e Infancia en la persona titular de la Subsecretaría el ejercicio de la competencia relativa a la convocatoria y resolución de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo de libre designación de los titulares de la Subdirecciones Generales de la Secretaría de Estado, así como su nombramiento y cese.