Orden EFD/978/2026, de 14 de septiembre, por la que se crea y se regula la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Articolo 7Funciones de la Comisión Permanente
La Comisión Permanente desempeñará las siguientes funciones:
a) Apoyar al Pleno en la elaboración del Plan de acción del Departamento para la transformación digital.
b) Apoyar al Pleno en el análisis de las necesidades funcionales de las unidades de gestión del departamento y sus organismos adscritos y evaluar las distintas alternativas de solución propuestas por las unidades TIC, identificando las oportunidades de mejora de eficiencia que pueden aportar las TIC, aplicando soluciones ya desarrolladas en el ámbito del Sector Público y estimando costes en recursos humanos y materiales que los desarrollos TIC asociados puedan suponer.
c) Con la finalidad de conocer todas las propuestas de contratación relacionadas con las TIC, será la encargada de canalizar la solicitud de informe preceptivo a la Agencia, en atención a lo establecido en el artículo 13.2 del Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre.
d) Apoyar a las unidades TIC, cuando éstas lo requieran, en la valoración del alineamiento de sus expedientes con el Plan de acción para la transformación digital del departamento, de manera previa a la solicitud del informe a la Agencia.
e) Elaborar, con periodicidad anual, un informe de avance del Plan de acción del departamento y de sus entidades y organismos dependientes para la transformación digital, que recoja el estado de las actuaciones previstas y las contrataciones efectuadas, para su presentación al Pleno.
f) Mantener actualizado un inventario de servicios o recursos de sistemas de información y comunicaciones para la elaboración y traslado al Pleno de propuestas de declaración de medios o servicios transversales en el ámbito de la Administración del Estado no excluidos de dicha declaración, de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional segunda del Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre, para su remisión al órgano competente.
g) Coordinar la recogida, agregación e incorporación de la información requerida por la Agencia.
h) Recabar y remitir trimestralmente a la Agencia la información presupuestaria referente a los recursos económicos destinados a los bienes y servicios TIC del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes de las entidades y organismos dependientes, a los efectos previstos en el artículo 12 del Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre, usando para ello las directrices, procedimientos y herramientas que la Agencia establezca.
i) Actuar como órgano de cooperación directa entre la Inspección de servicios y las unidades funcionales del departamento para el adecuado seguimiento de la digitalización de procedimientos administrativos y servicios prestados por el departamento.
j) Cualquier asunto que le sea delegado expresamente por el Pleno.