Articolo 1Objeto
Se prorroga el restablecimiento temporal de los controles fronterizos en las fronteras interiores aéreas y marítimas españolas respecto a las personas procedentes de la República Italiana, en los términos y condiciones recogidos por la Orden INT/846/2026, de 7 de agosto.
Articolo 2Ámbito de aplicación
1. Esta prórroga surtirá efectos desde las 00:00 horas del día 23 de septiembre de 2026 hasta las 24:00 horas del día 7 de octubre de 2026.
2. La prórroga será objeto de evaluación permanente y quedará sin efecto antes de la fecha prevista cuando desaparezcan las amenazas que motivaron su adopción o cuando puedan ser afrontadas eficazmente mediante medidas menos restrictivas.
3. La finalización del período establecido en el apartado 1 determinará el levantamiento automático de los controles, sin necesidad de resolución expresa.
4. La medida no podrá ser prorrogada automáticamente. Cualquier prolongación deberá acordarse mediante una nueva decisión motivada, previa evaluación actualizada de su necesidad y proporcionalidad y con cumplimiento de los requisitos y procedimientos establecidos en el Código de fronteras Schengen.
Madrid, 16 de septiembre de 2026.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez. Análisis
ANÁLISIS
Rango: Orden Fecha de disposición: 16/09/2026 Fecha de publicación: 19/09/2026 Aplicable en la forma indicada en el art. 2. Efectos desde las 00:00 horas del día 23 de septiembre de 2026 hasta las 24:00 horas del día 7 de octubre de 2026. Referencias anteriores PRORROGA, en la forma indicada, la Orden INT/846/2026, de 7 de agosto (Ref.
BOE-A-2026-17375
). DE CONFORMIDAD con los arts. 25 y 26 del Reglamento (UE) 2016/399, de 9 de marzo de 2016 (Ref.
DOUE-L-2016-80504
). Materias Acuerdos internacionales Aeropuertos y aeródromos Extranjeros Fronteras Italia Libre circulación de personas Mediterráneo Migraciones Puertos Unión Europea subir Contactar Sobre la sede electrnica Mapa Aviso legal Accesibilidad Proteccin de datos Sistema Interno de Informacin Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletn Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid