Orden CNU/1144/2026, de 23 de octubre, sobre delegación de competencias.
Articolo 5Gabinete de la Secretaría de Estado y Subdirección General de Relaciones Institucionales y Coordinación Internacional
1. Las personas titulares de la Dirección del Gabinete y de la Subdirección General de Relaciones Institucionales y Coordinación Internacional ejercerán, por delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, las competencias siguientes respecto de su ámbito material de actuación, de los Presupuestos Generales del Estado vigentes en cada momento:
a) Las facultades de contratación y gestión administrativa de contratos y encargos cuyo valor estimado no supere el límite establecido para el contrato menor, incluida la aprobación y el compromiso del gasto, así como el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago.
b) La aprobación del gasto y la orden de pago material respecto a los gastos pagados mediante los sistemas de anticipos de caja fija y de pagos a justificar, en los términos de las respectivas Órdenes ministeriales en esta materia.
2. Las personas titulares de la Dirección del Gabinete y de la Subdirección General de Relaciones Institucionales y Coordinación Internacional ejercerán, por delegación de la persona titular de la Subsecretaría, la competencia de designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización, respecto al personal de su unidad, incluidas las personas no dependientes del Ministerio que presten a éstas servicios que puedan dar origen a las indemnizaciones o compensaciones que se regulan en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, así como para la emisión de las órdenes internas de pago y para las certificaciones de las cuentas justificativas de dichas personas.
III. Secretaría General de Investigación