Orden TED/1149/2026, de 30 de octubre, por la que se establecen los cargos del sistema gasista y la retribución y los cánones de los almacenamientos subterráneos básicos para el año de gas 2027.
Articolo 5Retribución de las empresas distribuidoras de gas manufacturado en territorios insulares que no disponen de instalaciones para el suministro de gas natural, correspondiente al año de gas 2027
De conformidad con lo previsto en la disposición transitoria vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, se reconocen 1.800.202,20 euros a Gasificadora Regional Canaria, SA, en concepto de coste diferencial por la distribución y suministro de gas manufacturado en territorios insulares que no disponen de instalaciones que permitan el abastecimiento de gas natural. Esta cantidad incluye los siguientes conceptos:
a) Extracoste provisional para el año de gas 2027: 1.575.169,23 euros, cifra calculada conforme a la fórmula aprobada en el apartado 3 de la disposición adicional primera de la Orden TED/1023/2021, de 27 de septiembre, por la que se establecen los cargos del sistema gasista y la retribución y los cánones de los almacenamientos subterráneos básicos para el año de gas 2022. Para su cálculo se ha empleado una previsión de suministro anual de 53.771.301 kWh, un coste de la materia prima de gas natural de 0,02647956 €/kWh y un coste de adquisición de propano de 0,05518755 €/kWh.
b) Retribución provisional por el suministro a tarifa para el año de gas 2027: 136.440,37 euros, calculada conforme a la fórmula establecida en el apartado 2 de la disposición adicional primera de la Orden TED/1023/2021, de 27 de septiembre, aplicando la citada previsión de suministro.
c) Revisión del extracoste provisional correspondiente al año de gas 2025: 77.509,76 euros. Esta cantidad es la diferencia entre la retribución definitiva, de 1.240.862,93 euros, y la retribución provisional, de 1.163.353,17 euros, aprobada en el artículo 5.a) de la Orden TED/1013/2024, de 20 de septiembre, por la que se establecen los cargos del sistema gasista y la retribución y los cánones de los almacenamientos subterráneos básicos para el año de gas 2025.
d) Revisión de la retribución provisional por suministro a tarifa correspondiente al año de gas 2025: 11.082,84 euros. Esta cantidad es la diferencia entre el valor definitivo, de 136.440,37 euros, y el valor provisional, de 125.357,53 euros, aprobado en el artículo 5.b) de la Orden TED/1013/2024, de 20 de septiembre.
e) Incentivo a la eficiente gestión de compras de GLP en 2025 conforme a lo dispuesto en el apartado sexto de la disposición adicional primera de la Orden TED/1023/2021, de 27 de septiembre: 0 euros.